jueves, 29 de abril de 2010

Casos y Cosas de Dictaduras

Analogías y diferencias interdictaduras

Alfredo Felipe Fuentes
Prisionero de conciencia

CÁRCEL DE GUANAJAY, La Habana, Cuba, abril, www.cubanet.org -

1ª Analogía (Cargos imputados): En 1953, por su ataque al cuartel Moncada, Fidel Castro fue sancionado por “Delito contra los Poderes del Estado”.

En el 2003, a muchos de los 75 nos condenaron por “Actos contra la Independencia o Integridad Territorial del Estado”

2ª Analogía (Mancillar a la Oposición): En 1953, Batista calificó como mercenarios a Castro y los demás asaltantes al Moncada. Después de 1959, Castro tilda de mercenarios a quienes se le enfrentan.

3ª Analogía (Leyes comunes contra el derecho a la libertad de expresión). En 1953, Batista sancionó la Ley-Decreto 997 que “(…) estaba encaminada a impedir la divulgación de cualquier expresión o información contraria al régimen (…)” ( vid. Mario Mencía, “La prisión fecunda”, Ed. Política, La Habana, 1980, pp. 80-81)

Y en 1999, Castro dio luz verde a la Ley 88, la que en el Art. 7.1. condena a quien “(…) colabore por cualquier vía con emisoras de radio o televisión, periódicos, revistas u otros medios de difusión extranjeros (…)” O sea, una mordaza “legal”.

1ª Diferencia: Entre las mencionadas leyes, existe la siguiente diferencia: la batistiana, algo tacaña, imponía un máximo de dos años de prisión. La fideliana, más generosa, impone veinte….Pero obviemos las nimiedades y captemos lo fecundo: dos dictaduras de diferente signo, con idéntico fin en sus leyes: limitar la información… ¿Por qué?

He aquí el verbo adelantado de nuestro José Martí: “(…) la tiranía es una misma en sus varias formas, aun cuando se vista en algunas de ellas de nombres hermosos y hechos grandes (…)”

2ª Diferencia: Desde la prisión cuenta Castro a su hermana que: “Anoche me quedé hasta 1.30 a.m. oyendo por Radio Cadena Oriental el último mitin político de la campaña de Oriente”.

Es decir, bajo la dictadura de Batista, se podía escuchar y poseer radio en las prisiones; mientras en las de Castro no se permite y punto. ¿Por qué? Por lo de la información, perdón, por lo de la desinformación. Y que conste que no me refiero sólo a los prisioneros políticos, sino a toda la población penal.

3ª Diferencia: En agosto de 1954, Fidel Castro escribe en carta desde la prisión este revelador fragmento sobre las condiciones carcelarias que disfrutó:

“(…) Trajeron a Raúl para acá. Comunicaron mi celda (que tú viste en Bohemia) con otro departamento cuatro veces mayor, y un patio grande, abierto desde las 7 a.m. hasta las 9.30 p.m. La limpieza corresponde al personal de la prisión, dormimos con la luz apagada, no tenemos recuentos ni formaciones en todo el día, nos levantamos a cualquier hora. Agua abundante, luz eléctrica, comida, ropa limpia, y todo gratis. No se paga alquiler. ¿Crees que por allí se está mejor? Visitas dos veces al mes. (pág. 149 ibídem)

Y en otra carta (abril ’54) escribió: “(…) Arreglé mis cosas y reina aquí el más absoluto orden. Las habitaciones del Hotel Nacional no están tan limpias, (…)”.

“(…) Cuando cojo el sol por la mañana en shorts y siento el aire del mar, me parece que estoy en una playa, luego este pequeño restaurante aquí. ¡Me van a hacer creer que estoy de vacaciones! ¿Qué diría Carlos Marx de semejantes revolucionarios? (…)” (pág. 76, ibídem)

En la pág. 10 ib., el autor del libro dice que apareció el refuerzo de alguna fruta.

Para contrastar estas condiciones que el régimen de Batista dispensó a Castro – en sus ridículos 22 meses de prisión- con las que éste infligió a sus opositores en aquellos torturantes 2003 y 2004, lean ustedes cualquier testimonio de un preso, de los muchos que están saliendo a la luz, y consideren que muchos otros lo han pasado peor en tiempos más oscuros.

Hasta 1959, los gobiernos republicanos dictaron 118 leyes de amnistía. Castro no ha dictado ninguna, sólo algunas excarcelaciones oportunistas sin ánimo de amnistiar.

Una de aquellas 118 leyes perdonó a Castro, quien sólo cumplió 21 meses y 15 días de su benévola sanción de 15 años; el fiscal había solicitado 26.

Casualmente, a mí me sucedió al revés: el fiscal solicitó 15 y el tribunal dispuso 26.

Pero es natural, se trata de casos diferentes: en el asalto al Moncada hubo muertos, hasta civiles, mientras nosotros sólo aportamos un pequeño ejemplo cívico.

Y en definitiva, que aquélla era la dictadura mala y ésta la buena.
¿Conocerán estos detalles los españoles que admiran o defienden a Castro?

En cualquier momento me ocupo de prepararles un compendio.

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